METROinuto30.com .- El Oficina del Fiscal General ha emitido un comunicado muy relevante revelando una grave crisis de seguridad interna y nacional tras una interceptación el 23 de julio de 2024 en Anorí (Antioquía).
En ese operativo fueron incautados importantes dispositivos electrónicos a una caravana de disidentes de las FARC, entre ellos Alexander Díaz Mendoza, alias Calarcáy otros miembros del autoproclamado Estado Mayor.
Después de 16 meses de detención y análisis forense, el Fiscal General, Luz Adriana Camargo Garzónha dado la orden intervención inmediata del caso, porque verificaciones recientes en Medellín reveló la existencia de información “muy grave” que no fue investigada.
Dicho material implicaría a agentes de inteligencia y miembros del Ejército Nacional en una posible cooptación por parte de disidentes, expondría amenazas a la seguridad nacional y expondría presuntos vínculos con el financiamiento de la campaña presidencial, obligando al Ministerio Público a abrir nuevas y sensibles líneas de investigación.
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En los hechos registrados el 23 de julio de 2024 en Anorí (Antioquia), cuando en un retén militar fue interceptada una caravana de miembros del autoproclamado Estado Mayor de Bloques y Frentes de las disidencias de las FARC, en la que viajaban Alexander Díaz Mendoza, alias Calarcá, Erlinson Echavarría Escobar, Juan Antonio Agudelo Salazar, Diana Carolina Rey Rodríguez, María Alejandra Ojeda Londoño, Wenser Yosony. A Sábana Duque, alias Oliver y Édgar de Jesús Ortega, alias Firu, se les incautaron computadoras, teléfonos, discos duros y otros dispositivos electrónicos.
Luego de que el material incautado fue puesto bajo control, fue debidamente legalizado ante los Jueces de la República y dos equipos forenses adscritos a la DIJIN de la Policía Nacional fueron los encargados de realizar el proceso de extracción y análisis de la información digital, emitiendo cinco informes técnicos, el último de los cuales fue presentado el 26 de junio a la Fiscalía Especializada contra Organizaciones Criminales con sede en Medellín, encargada de la investigación de estos hechos.
El último cruce y análisis de datos fue ordenado por ella el 24 de septiembre, junto con una amplia gama de actos de investigación, para ser validados como prueba ante el poder judicial. A la fecha aún se continúa verificando la gran cantidad de información encontrada.
Los elementos incautados sirvieron para procesar a 28 disidentes del Frente 36 de las FARC en Antioquia. Además, tres integrantes de la caravana fueron procesados de la siguiente manera: María Alejandra Ojeda Londoño y Wenser Yosony Sábana Duque, alias Oliver, por el delito de portación ilegal de armas de fuego, por lo que aceptaron el cargo y fueron condenados, mientras actualmente cumplen pena de prisión. Y Edgar de Jesús Ortega, alias Firu, por homicidio por el cual ya se presentó acusación y quien también continúa privado de su libertad.
Cabe señalar que Alexander Díaz Mendoza, alias Calarcá, Erlinson Echavarría Escobar, Juan Antonio Agudelo Salazar y Diana Carolina Rey Rodríguez no fueron capturados ese día, debido a que previamente se habían suspendido las órdenes de aprehensión giradas en su contra y las órdenes de aprehensión que pudieran emitirse en el futuro, en el marco de las disposiciones contenidas en la Ley 2272 de 2022 y las resoluciones 0005 del 16 de enero de 2024 y 0282. 0283 del 4 de julio del mismo año.
Respecto de esta investigación, que como ya se mencionó, es liderada por un fiscal de la Dirección Especializada contra Organizaciones Criminales de Medellín, cabe aclarar que ni la Fiscalía General de la Nación, ni ningún otro organismo de la entidad, incluyendo la Delegada contra el Crimen Organizado o la Dirección Especializada contra Organizaciones Criminales, DECOC, superiores jerárquicos de ese funcionario, recibieron informes o copias de la información durante estos 16 meses. recopilados, posibles hechos, acciones o conductas que sean punibles bajo su jurisdicción.
Con motivo de las verificaciones realizadas hoy en Medellín que revelaron la existencia de información más grave contenida en los dispositivos incautados y que no son objeto de investigación, la Fiscal General de la Nación, Luz Adriana Camargo Garzón, ordenó la intervención inmediata de la Delegada contra el Crimen Organizado en el impulso de líneas de investigación sobre la posible cooptación de agentes de inteligencia y miembros del Ejército Nacional por parte de las disidencias de las FARC, amenazas a la seguridad nacional, el financiamiento de la campaña presidencial, alianzas entre diversos actores ilegales y la creación de empresas de vigilancia al servicio de estructuras criminales.
La Fiscalía de la Dirección Especializada contra Organizaciones Criminales de Medellín, por su parte, envió copias certificadas a la Unidad de Fiscales Delegados de la Corte Suprema para que se investigue la conducta del General de Brigada del Ejército Juan Miguel Huertas Herrera, señalado en los elementos incautados.
De la misma manera, no se puede soslayar que es deber del Ministerio Público dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 5 de la Ley 2272 de 2022 (Ley Paz Total) sobre el levantamiento de órdenes de aprehensión contra miembros-representantes de organizaciones armadas, para que puedan participar en las mesas de diálogo de paz del gobierno nacional, en las condiciones comunicadas por la Corte Constitucional a finales de agosto de 2024 en sentencia C-525.
Precisamente a raíz de ese fallo y con el fin de esclarecer los vacíos en la interpretación de la ley, el Fiscal General emitió la Directiva 003 del 10 de julio de 2025, precisando, entre otras cosas, que incluso bajo el régimen de suspensión de órdenes de detención con motivo de conversaciones de paz, las detenciones se realizarán en el acto en relación con crímenes de lesa humanidad, crímenes contra el derecho internacional humanitario y por violaciones graves a los derechos humanos. En tales casos, la detención estará sujeta a supervisión judicial y, si hubiere elementos suficientes, se formularán cargos y se solicitará la imposición de la medida de seguridad que estime procedente el fiscal responsable de cada caso.
Es pertinente informar a la ciudadanía que los dispositivos recuperados, de los cuales se extrajo la información, se encuentran bajo custodia de la DIJIN desde su incautación. Resulta, por tanto, alarmante que su contenido haya pasado a ser de conocimiento público, lo que constituye una clara violación del principio de confidencialidad aplicable a los procesos penales.
Finalmente, tampoco debe olvidarse que, sin perjuicio de los principios de unidad de gestión y jerarquía, propios del Procurador General de la Nación, los fiscales delegados actúan de manera autónoma en el ámbito de sus competencias y que, como corresponde en investigaciones de alto impacto, la información se maneja según estrictos protocolos legales de confidencialidad para proteger la efectividad de las actuaciones y la integridad de las pruebas.












