El alcalde Fico Gutiérrez ha presentado una demanda de nulidad electoral ante el Departamento Quinto del Consejo de Estado. La acción legal tiene como objetivo invalidar el Decreto 0433 del 23 de abril de 2026, acto administrativo emitido por el Presidente de la República que designa a Daniel Quintero Calle como Inspector Jefe Nacional de Salud Pública.
La demanda fue interpuesta por el mandatario local junto a los directivos de las Empresas Sociales del Estado (ESE) que forman parte de la red hospitalaria pública distrital. Además de Gutiérrez, el documento fue firmado por Juan David Arteaga Flórez, gerente del Hospital General de Medellín; Adriana María Velásquez Arango, gerente de Metrosalud ESE; y Olga Cecilia Mejía Jaramillo, directora ejecutiva de la Corporación Hospital Infantil Concejo de Medellín. Los imputados oficiales en esta demanda son Daniel Quintero Calle, el Departamento Administrativo de la Presidencia de la República (DAPRE) y la Superintendencia Nacional de Salud.
Los argumentos de la demanda.
El recurso de apelación sostiene que el nombramiento constituye causal de nulidad porque el designado no cumple con los requisitos constitucionales o estatutarios de idoneidad para el cargo. Los demandantes basan su solicitud en dos cuestiones principales:
Falta de formación académica relevante: El Manual de Trabajo de la Superintendencia exige que el director de la entidad tenga conocimientos básicos imprescindibles sobre el sistema general de seguridad social, las políticas de salud pública y los riesgos para la salud. Sin embargo, del formato de CV publicado por DAPRE se desprende que Quintero Calle es ingeniero electrónico y especialista financiero. La demanda señala que la ingeniería no está incluida en el catálogo de disciplinas habilitadas para ocupar el cargo de inspector de salud.
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Falta de experiencia profesional relacionada: Para desempeñar este cargo directivo (grado 25), la normativa vigente exige acreditar ochenta y cuatro (84) meses de experiencia profesional relacionada. Los demandantes alegan que la trayectoria laboral de Quintero en entidades como Intrasoft SA, INNpulsa Colombia y MinTIC se centró en la tecnología, la informática y el emprendimiento, áreas ajenas a la vigilancia de la salud. También señalan que su mandato como alcalde de Medellín, cargo que ocupó durante 46 meses, es de carácter político y no justifica la experiencia técnica requerida en el sector salud, además es inferior a los 84 meses requeridos.
Solicitud de suspensión provisional
Como parte de los reclamos, los demandantes han solicitado al Consejo de Estado que emita una medida cautelar suspendiendo provisionalmente los efectos del Decreto 0433 de 2026. En el documento advierten que la falta de criterios técnicos especializados en el manejo de este organismo supervisor representa un riesgo inmediato para la vida de los ciudadanos y la integridad del sistema. Según él, mantener al frente de la entidad a un profesional sin conocimientos de salud agrava la actual crisis institucional y financiera que atraviesa el sector salud.
La última petición exige que se ordene al DAPRE y al Inspector Jefe destituir inmediatamente a Quintero Calle de su cargo hasta que se emita un fallo final.
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